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Solicitar una Visado para España
en San Petersburgo

Visa Nacional de Estudios

Visado para estancia superior a 90 días para realizar estudios, formación, prácticas o voluntariado. También se expide para estancias “au pair” y para auxiliares de conversación.

La estancia por estudios de hasta 90 días no requiere visado de estudios. En función de la nacionalidad, se puede necesitar visado de corta duración (ver “Visados Schengen”).

Pueden obtener visado para acompañar al estudiante los siguientes familiares:

  • El cónyuge o pareja de hecho.
  • Los hijos menores de edad o incapacitados.

El visado para familiar de estudiante no autorizar a trabajar.

Actividades que permiten obtener un visado de estudios

  • Estudios a tiempo completo en un centro de enseñanza autorizado que conduzcan a la obtención de un título o certificado de estudios.
  • PhD studies.
  • Estudios de doctorado.
  • Actividades de formación.
  • Programas de movilidad de alumnos en enseñanza secundaria y/o bachillerato en un centro docente o científico oficialmente reconocido.
  • Prácticas no laborales en organismos o entidades públicas o privadas que no puedan encuadrarse en los visados de prácticas (ver “Visados de prácticas”).
  • Servicios de voluntariado en el marco de programas que persigan objetivos de interés general.
  • Programas “au pair”.
  • Auxiliares de conversación.

Los honorarios de la visa en rublos rusos aplicables para diversos tipos de visa se enumeran en la tabla abajo:

Categoría de Visado Costo de la visa
Expedición o sustitución de pasaporte 2.425,00
Visado de residencia (nacional) 6.467,00
Compulsa y otorgamiento oficial de Traducciones (1 hoja 30 lineas) 2.600,00
Legalizaciones (X firma) 605.00
Compulsa/fotocopia (X diligencia) 259.00
Autorización inicial de Residencia Temporal 884.00
Asignación NIE 795.00
Certificado o informe emitido instancia interesado 591.00
Nota:
  • Solo se aceptará el pago en rublos
  • Los precios en rublos varían en función de la evolución del tipo de cambio €/rublo
  • Solamente se aceptará efectivo
  • A los visados gestionados por BLS habrá que sumarles la propia tasa de gestión aplicada por el Centro (1.188,00 rublos)
Documentos necesarios para el estudiante
  • Formulario de solicitud de visado nacional. Impreso de solicitud de visado nacional Cada solicitante completará en todos sus apartados y firmará una solicitud de visado. Si el solicitante es menor de edad, firmará la solicitud uno de sus progenitores. También podrá firmar la solicitud un representante debidamente acreditado.
  • Fotografía. Una fotografía reciente, tamaño carné, a color, con fondo claro, tomada de frente, sin gafas oscuras, ni reflejos, ni prendas que oculten el óvalo de la cara.
  • Pasaporte externo válido y en vigor. Original y una fotocopia completa del mismo. El pasaporte debe ser válido, como mínimo, para toda la duración de la estancia prevista y tener dos páginas en blanco. No se admiten pasaportes expedidos hace más 10 años.
  • Pasaporte interno, y copia completa del mismo.
  • Prueba de la admisión para la actividad de estudios, formación, voluntariado o prácticas. Este deberá contener las fechas exactas de la duración de la actividad formativa. Original y una copia del documento que pruebe:
    • La admisión en un centro de enseñanza autorizado para la realización de un programa de estudios a tiempo completo.
    • La admisión en un centro de investigación o formación.
    • La admisión en un programa de movilidad de alumnos (en este caso se aportará también prueba de la admisión en un centro de estudios, del acogimiento por una familia o institución y compromiso del organizador del programa de asumir los gastos).
    • La admisión para la realización de prácticas no remuneradas sobre la base de la firma de un convenio.
    • El convenio con la organización encargada de un programa de voluntariado.
  • Prueba de la disponibilidad de medios económicos. Original y una copia de los documentos que prueben que el solicitante (o su representante legal o familiar que le respalda) dispone de medios económicos suficientes para cubrir los gastos de la estancia y regreso del estudiante y de los familiares que le acompañen. La cantidad mínima exigida equivale al 100% del IPREM. A esta cantidad hay que añadir el 75% el IPREM por el primer familiar y el 50% del IPREM por cada familiar adicional. Si se acredita que el alojamiento ya está pagado por adelantado para toda la estancia, se minorará esta cantidad. Puede consultar el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples actualizado en http://www.iprem.com.es/
  • Prueba de alojamiento en España. Como prueba de alojamiento. Aquellos solicitantes que presenten un contrato de arrendamiento deberán aportar copia del contrato, nota simple (expedida los últimos 3 meses) y copia del DNI/pasaporte del propietario.
  • Seguro de enfermedad. Original y una copia del certificado de seguro de enfermedad público o privado contratado con una entidad aseguradora autorizada a operar en España. El seguro debe cubrir todos los riesgos asegurados por el sistema público de salud en España. El seguro deberá tener una validez mínima de un año, o bien cubrir todo el periodo de estudios.
    Si el solicitante participa en un programa de voluntariado, además del seguro médico de enfermedad, aportará una copia de la póliza del seguro de responsabilidad civil suscrito por la organización.
  • Certificado de antecedentes penales. Cuando la duración de los estudios supere los 180 días, los solicitantes mayores de edad penal presentarán original y una copia del certificado de antecedentes penales expedido por el país o países de residencia en los últimos 5 años. Deberá traducirse al español y legalizarse. Los certificados expedidos en la Federación de Rusia, Bielorrusia, Armenia y Uzbekistán deberán tener la apostilla de la Haya. Los certificados expedidos por Turkmenistán deberán estar firmados por un agente diplomático del Consulado correspondiente en la Federación de Rusia. Para más información consulte en el apartado de Legalización y Apostilla la documentación a apostillar y legalizar.
  • Certificado médico. Original y una copia de un certificado médico que acredite que el solicitante no padece enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública de conformidad con el Reglamento Sanitario Internacional de 2005. Deberá traducirse al español y legalizarse. Este certificado deberá estar formulado en los siguientes términos o de similares: “Este certificado médico acredita que el Sr./Sra. No padece ninguna de las enfermedades que pueden tener repercusiones de salud pública graves de conformidad con lo dispuesto en el reglamento sanitario internacional de 2005”.
  • Prueba de la residencia en la demarcación consular. Podrán presentar sus solicitud de visado los nacionales y residentes legales de la demarcación consular en la que residan. Adicionalmente, los ciudadanos rusos deberán aportar adicionalmente copia de su pasaporte interno, donde figuran los datos personales y anotaciones sobre su empadronamiento, así como de su estado civil (para mayores de 14 años). Los residentes legales deberán aportar documentación que acredite su residencia (permiso de residencia o visado válido).
  • Prueba la identidad y capacidad del representante. Si el solicitante es menor de edad, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del progenitor y del documento que pruebe el parentesco. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud. Si se solicita el visado a través de representante, se presentará copia del documento de identidad o pasaporte del representante y del poder notarial o documento que acredite la representación. Los originales se mostrarán en el momento de presentar la solicitud. Deberá traducirse al español y legalizarse.
  • Autorización de los representantes legales. Si el solicitante es menor de edad, se aportará original y una copia del acta notarial de los progenitores o tutores autorizando el desplazamiento del menor a España e identificando a la persona que se hará cargo del menor en España. Deberá traducirse al español y legalizarse.
  • Abono de la tasa de visado. Es obligatoria y se abonará en el momento de la presentación de la solicitud. Las tasas se abonarán en moneda local y se actualizarán regularmente en función de las variaciones del tipo de cambio. Existe un listado completo y actualizado de las tasas más frecuentes a disposición del público en la ventanilla de Caja o en Tasas visados nacionales
Estudiantes menores de edad

Para los estudiantes menores de edad, se precisará adicionalmente:

  • Certificado de nacimiento del estudiante.
  • Autorización notarial de los padres para trasladarse a estudiar a España, se indicara centro de estudios, periodo de estancia y tutor designado que se hará cargo del menor.
  • Acta de manifestaciones del tutor aceptando la tutela del estudiante (esta no será necesaria cuando sea un familiar, o cuando sea un miembro del centro de estudios y así se indique en carta del centro).
  • Copia del documento de identidad del tutor (DNI, Tarjeta de residencia) por ambas caras del documento.
  • Certificado de ausencia de delitos de naturaleza sexual del tutor, o bien, autorización para que puedan ser verificados de oficio.
Documentos necesarios para visado de los familiares

Para cada familiar que acompañe al estudiante será necesario presentar:

  • Los documentos relacionados en la lista anterior con los números 1, 2, 3, 4, 8, 9,10, 11 y 14. En su caso, el 12.
  • Además, deberán aportar los certificados que prueben la relación de parentesco con el estudiante (certificado de matrimonio, de pareja de hecho, o de nacimiento, según el caso). Deberá traducirse al español. Consulte en el apartado de Legalización y Apostilla la documentación a apostillar y legalizar

Cuando sea necesario para valorar la solicitud, la Oficina Consular podrá solicitar documentos o datos adicionales y también podrá convocar al solicitante a una entrevista personal.

Procedimiento

Esta Oficina Consular es competente para admitir las solicitudes de visado de las personas que residan en la demarcación consular o que se encuentren regularmente en la demarcación consular cursando estudios aunque no tengan la condición de residentes.

La solicitud de un visado de estudios conlleva también una solicitud de autorización de estancia por estudios.

  • Sujeto legitimado : La solicitud de visado se presentará personalmente por el interesado, o por uno de sus progenitores, si es menor de edad. También se puede presentar a través de un representante debidamente acreditado, si se autoriza por motivos justificados.
  • Plazo para solicitar el visado : El visado se debe solicitar con la suficiente antelación al inicio de los estudios, ya que el procedimiento conlleva consultas a otras autoridades.
  • Lugar de presentación: A partir del 18 de mayo las solicitudes de visados de estudios superiores a 90 días deberán ser presentadas en el centro de visados BLS.
Tramitación visado de estudios, para realizar actividad “Au Pair”:

Para la tramitación de un visado de estudios, el interesado deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 38 del RD 557/2011. De 20 de abril, así como en el Acuerdo del Consejo de Europa de 24 de noviembre de 1969 sobre colocación “Au Pair”. En concreto los requisitos son:

  • El solicitante debe tener entre 17 y 30 años de edad, en el momento de la solicitud.
  • Haber sido admitido a un centro de enseñanza autorizado en España, para la realización de un programa de tiempo completo, que conduzca a la obtención de un título o certificado de estudios.
  • Contar con un seguro público o privado de enfermedad, cuyas primas quedarán cubiertas en la mitad por la familia de acogida.
  • Certificado médico
  • Certificado de antecedentes penales, si la duración de la estancia es superior a 6 meses.
  • Acuerdo de colocación “Au Pair”, en los términos establecidos en los artículos 6 a 9, y 11 del Acuerdo. Es el escrito concertado entre las partes debe constar:
    • Duración del acuerdo de colocación, con un máximo de un año.
    • Participación en los servicios o tareas domésticas por un periodo de tiempo no superior a cinco horas diarias.
    • Disposición, como mínimo de un día libre a la semana. Al menos uno de los días libres de cada mes deberá ser un domingo.
    • Especificación del domicilio en el que la persona colocada “Au Pair” habrá de compartir vida con la familia de acogida, disfrutando al mismo tiempo de un grado de independencia.
    • Cantidad determinada que la persona colocada recibirá mensualmente en concepto de dinero de bolsillo.
    • Circunstancias que permiten que el Acuerdo de Colocación pueda ser denunciado por cualquiera de las partes con un preaviso de dos semanas.
  • Tener garantizados los medios económicos necesarios para sufragar los gastos de estancia y regreso al país.
OTROS REQUISITOS Y OBSERVACIONES

CITA PREVIA. Los interesados pueden concertar una cita previa para la presentación de su solicitud en la página web: https://blsspain-russia.com

DOCUMENTACIÓN. La oficina consular, mediando causa justificada y además de la documentación preceptiva, podrá requerir los informes que resulten necesarios para resolver la solicitud. (Por ejemplo, el contenido del plan de estudios, formación o investigación que se vaya a realizar; acreditación de estudios anteriormente cursados por el solicitante; justificante del pago de matrícula o reserva del curso o estudios a realizar, indicando el pagador en el caso de menores; copia de la nota simple informativa reciente expedida por el Registro de la Propiedad en aquellos casos en los que se presente contrato de arrendamiento o invitación para alojarse un domicilio particular, etc.).

FOTOCOPIAS. Se recuerda que de cada documento original se presentarán una fotocopia. Las fotocopias se realizarán después de haber sido compulsadas las traducciones y/o legalizados los documentos.

TRADUCCIÓN. Deberá aportarse traducción al español de toda la documentación presentada en un idioma extranjero.

ENTREVISTA. En cualquier momento de la tramitación del expediente, este Consulado General podrá requerir la comparecencia personal del interesado si se considera necesario.

Ante cualquier duda o pregunta relativa a visados, pueden dirigirse a: info.dme@blshelpline.com

AVISO: la información precedente tiene como finalidad la de servir de orientación a los solicitantes de visado. Si bien se procura que la misma sea los más precisa y actual posible, este Consulado General no asume ninguna responsabilidad, legal o de otro tipo, sobre su exactitud y se remite a la normativa Schengen y nacional vigentes.

Advertencia: Sentimos no poder aceptar aquellas fotografías que no se ajusten a los requisitos siguientes

  • La fotografía debe estar en color y tener solamente un fondo blanco.
  • La fotografía debe haber sido tomada en los últimos seis meses
  • La fotografía debe ser presentada pegada al formulario de solicitud.
  • La foto presentada debe medir: 3,5 cms x 4,5 cms con la cabeza centrada en el marco. La cabeza (medida desde la parte superior del cabello a la parte inferior de la barbilla) debe medir alrededor de 3 cms.
  • La fotografía debe ser una vista frontal completa en la que el solicitante de la visa se enfrenta a la cámara directamente.
  • En general, la cabeza del solicitante, incluyendo la cara y el cabello, se debe mostrar desde la coronilla de la cabeza hasta la punta de la barbilla en la parte superior e inferior y de la línea del pelo de lado a lado. Es preferible que las orejas estén expuestas.

Advertencia: Por favor siga estas instrucciones cuidadosamente. Si las fotografías presentadas no cumplen con estos requisitos, su solicitud será considerada incompleta.

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